Entregada en Lugar Descargada (insertar el lugar de destino designado)
Este Incoterm se crea por primera vez en la versión de los Incoterms 2020. Asume las mismas funciones y obligaciones del Incoterm DAT (Delivered At Terminal) que desaparece.
En el Incoterm DPU el vendedor entrega la mercancía descargada, preferentemente en lugares de destino en el país de comprador que tenga medios para realizar la descarga. Estos lugares son terminales de transporte (terrestres, aéreas, marítimas),infraestructuras logísticas (puertos, aeropuertos, estaciones de ferrocarril) o instalaciones similares como muelles, almacenes, depósitos y zonas francas.
Debido a los diferentes lugares de entrega que permite este Incoterm es importante que se especifique claramente el punto concreto que se elige para realizar la entrega y que el contrato de transporte internacional que realiza el vendedor se ajuste a esa elección.
DPU es el único Incoterm en el que la mercancía se entrega descargada en el lugar de destino. A su vez, la única diferencia entre el DPU y DAP es que mientras que en DPU la mercancía se entrega descargada en DAP se entrega preparada para la descarga.
En el caso de que el vendedor realice el transporte desde la terminal de entrega hasta otro lugar en el país del comprador —por ejemplo sus instalaciones (fábrica o almacén)— debe utilizar DAP o DDP.
En este Incoterm el vendedor tiene que realizar los trámites y asumir los costes del despacho de aduanas de exportación y de tránsito, no así los del despacho de importación que corresponden al comprador.